La accion redhibitoria tiene un plazo de seis meses para bienes muebles y un año para bienes raíces. Estos plazos son cruciales para la protección del comprador.
ARTíCULO 1866 (DEL ART. 2) Art. 1866. La acción redhibitoria durará seis meses respecto de las cosas muebles y un año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se contará desde la entrega real.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los compradores actúen dentro de estos plazos, ya que perder el derecho a reclamar puede resultar en una pérdida financiera considerable.
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