Cuando el sentido de la ley es claro, se debe respetar su tenor literal. Sin embargo, se puede recurrir a la intención o espíritu de la ley para interpretar expresiones obscuras.
ARTíCULO 19 (DEL ART. 2) Art. 19. Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu. Pero bien se puede, para interpretar una expresión obscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento. LEY INTERPRETACION HISTORIA FIDEDIGNA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo te permite argumentar en caso de ambigüedades legales, pero debes estar preparado para demostrar la intención del legislador, lo que puede requerir un análisis profundo de la legislación.
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