CC

Artículo 1903. Requisitos de la notificacion

La notificacion de la cesion debe incluir la exhibicion del titulo y la firma del cedente. Este procedimiento asegura la transparencia en la transferencia de derechos.

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Texto Legal

ARTíCULO 1903 (DEL ART. 2) Art. 1903. La notificación debe hacerse con exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho con la designación del cesionario y bajo la firma del cedente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con estos requisitos puede invalidar la notificacion, dejando al cesionario sin derechos frente al deudor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1903 del CC?

La notificacion de la cesion debe incluir la exhibicion del titulo y la firma del cedente. Este procedimiento asegura la transparencia en la transferencia de derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1903 de la CC?

No cumplir con estos requisitos puede invalidar la notificacion, dejando al cesionario sin derechos frente al deudor.

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