La aceptacion de la cesion puede ser implicita, como en el caso de un pago al cesionario. Esto permite cierta flexibilidad en la formalizacion de la cesion.
ARTíCULO 1904 (DEL ART. 2) Art. 1904. La aceptación consistirá en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de pago al cesionario, etc.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante documentar cualquier acto que pueda interpretarse como aceptacion para evitar disputas sobre la validez de la cesion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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