El arrendatario debe cuidar la propiedad como un buen padre de familia. Si no lo hace, puede ser responsable de los daños y el arrendador puede terminar el contrato.
ARTíCULO 1939 (DEL ART. 2) Art. 1939. El arrendatario empleará en la conservación de la cosa el cuidado de un buen padre de familia. Faltando a esta obligación, responderá de los perjuicios; y aun tendrá derecho el arrendador para poner fin al arrendamiento, en el caso de un grave y culpable deterioro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fallar en el cuidado de la propiedad puede resultar en costos adicionales y la pérdida del contrato, así que mantén la propiedad en buen estado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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