El articulo 2053 define la sociedad como un contrato entre dos o más personas que aportan bienes o servicios con el fin de repartir beneficios. Establece la existencia de una persona jurídica distinta de los socios.
ARTíCULO 2053 (DEL ART. 2) Art. 2053. La sociedad o compañía es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Comprender esta definición es esencial para cualquier negocio, ya que establece la base legal para la creación de sociedades. Ignorarla puede resultar en la falta de protección legal para los socios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo