CC

Artículo 2107. Disolución por consentimiento unánime

La sociedad puede disolverse en cualquier momento si todos los socios están de acuerdo. Esto otorga control a los socios sobre su destino.

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Texto Legal

ARTíCULO 2107 (DEL ART. 2) Art. 2107. La sociedad podrá expirar en cualquier tiempo por el consentimiento unánime de los socios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo resalta la importancia de la comunicación y el consenso entre socios, lo que puede prevenir conflictos y facilitar decisiones estratégicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2107 del CC?

La sociedad puede disolverse en cualquier momento si todos los socios están de acuerdo. Esto otorga control a los socios sobre su destino.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2107 de la CC?

Este articulo resalta la importancia de la comunicación y el consenso entre socios, lo que puede prevenir conflictos y facilitar decisiones estratégicas.

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