Los servicios de profesiones que requieren estudios largos se rigen por las reglas del mandato, lo que implica obligaciones específicas para los profesionales.
ARTíCULO 2118 (DEL ART. 2) Art. 2118. Los servicios de las profesiones y carreras que suponen largos estudios, o a que está unida la facultad de representar y obligar a otra persona respecto de terceros, se sujetan a las reglas del mandato.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los profesionales deben ser conscientes de las implicaciones legales de actuar como mandatarios, ya que pueden ser responsables de sus acciones ante terceros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo