El contrato de depósito se perfecciona con la entrega de la cosa al depositario. Esto establece el inicio de las obligaciones del depositario.
ARTíCULO 2212 (DEL ART. 2) Art. 2212. El contrato se perfecciona por la entrega que el depositante hace de la cosa al depositario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo implica que la entrega es esencial para que el contrato de depósito sea válido. Sin esta entrega, no hay obligaciones para el depositario, lo que puede generar conflictos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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