La obligación respaldada por la fianza puede ser de naturaleza civil o natural, lo que amplía el ámbito de aplicación de este mecanismo de garantía. Esto permite mayor flexibilidad en las transacciones.
ARTíCULO 2338 (DEL ART. 2) Art. 2338. La obligación a que accede la fianza puede ser civil o natural.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer la naturaleza de la obligación afianzada es esencial para evaluar los riesgos y beneficios de la fianza en cada situación contractual.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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