Los padres tienen el derecho y el deber de educar a sus hijos, guiándolos en su desarrollo en diversas etapas de la vida. Este artículo establece la responsabilidad parental fundamental en la formación de los hijos.
ARTíCULO 236 (DEL ART. 2) Art. 236. Los padres tendrán el derecho y el deber de educar a sus hijos, orientándolos hacia su pleno desarrollo en las distintas etapas de su vida. PADRES HIJOS DEBER DERECHO EDUCAR DSITINTAS ETAPAS VIDA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de este deber puede llevar a problemas legales y afectar el desarrollo integral del hijo, lo que puede resultar en acciones legales por parte de las autoridades.
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Art. 235. Extencion de disposiciones de correccion
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