CC

Artículo 2467. Nulidad de actos del deudor

Son nulos los actos del deudor relacionados con bienes en cesión o concurso. Esto protege a los acreedores de actos perjudiciales.

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Texto Legal

ARTíCULO 2467 (DEL ART. 2) Art. 2467. Son nulos todos los actos ejecutados por el deudor relativamente a los bienes de que ha hecho cesión, o de que se ha abierto concurso a los acreedores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier acto del deudor que afecte los bienes en cesión puede ser impugnado, lo que es clave para proteger tus intereses como acreedor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2467 del CC?

Son nulos los actos del deudor relacionados con bienes en cesión o concurso. Esto protege a los acreedores de actos perjudiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2467 de la CC?

Cualquier acto del deudor que afecte los bienes en cesión puede ser impugnado, lo que es clave para proteger tus intereses como acreedor.

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