CC

Artículo 262. Menor adulto y testamento

El menor adulto puede disponer de sus bienes por testamento sin autorización de sus padres. Esto le otorga mayor autonomía en la gestión de su patrimonio.

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Texto Legal

ARTíCULO 262 (DEL ART. 2) Art. 262. El menor adulto no necesita de la autorización de sus padres para disponer de sus bienes por acto testamentario que haya de tener efecto después de su muerte, ni para reconocer hijos. MENOR ADULTO AUTORIZACION PADRES BIENES TESTAMENTO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La capacidad del menor adulto para gestionar su patrimonio puede generar oportunidades para planificar su futuro financiero, pero también puede resultar en decisiones impulsivas sin la guía parental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 262 del CC?

El menor adulto puede disponer de sus bienes por testamento sin autorización de sus padres. Esto le otorga mayor autonomía en la gestión de su patrimonio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 262 de la CC?

La capacidad del menor adulto para gestionar su patrimonio puede generar oportunidades para planificar su futuro financiero, pero también puede resultar en decisiones impulsivas sin la guía parental.

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