El articulo 283 del Codigo Civil ha sido derogado. Esto significa que ya no tiene efecto legal y no se puede utilizar en litigios.
ARTíCULO 283 (DEL ART. 2) Art. 283. Derogado. DEROGADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al estar derogado, no hay necesidad de considerar este articulo en la operacion diaria, eliminando cualquier riesgo de incumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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