CC

Artículo 284. Articulo 284 Derogado

El articulo 284 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion implica que no se puede aplicar en la actualidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 284 (DEL ART. 2) Art. 284. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No hay obligaciones que cumplir bajo este articulo, por lo que no representa un riesgo en la operacion diaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 284 del CC?

El articulo 284 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion implica que no se puede aplicar en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 284 de la CC?

No hay obligaciones que cumplir bajo este articulo, por lo que no representa un riesgo en la operacion diaria.

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