CC

Artículo 318. Efectos de Fallos en Herederos

Los fallos a favor o en contra de herederos afectan a los coherederos que no comparecieron. Esto asegura que las decisiones judiciales tengan un impacto amplio.

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Texto Legal

ARTíCULO 318 (DEL ART. 2) Art. 318. El fallo pronunciado a favor o en contra de cualquiera de los herederos aprovecha o perjudica a los coherederos que citados no comparecieron. FALLO FAVOR CONTRA HEREDEROS COHEREDEROS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los coherederos deben estar atentos a los fallos, ya que pueden verse afectados por decisiones en las que no participaron.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 318 del CC?

Los fallos a favor o en contra de herederos afectan a los coherederos que no comparecieron. Esto asegura que las decisiones judiciales tengan un impacto amplio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 318 de la CC?

Los coherederos deben estar atentos a los fallos, ya que pueden verse afectados por decisiones en las que no participaron.

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