La tutela y curaduría abarcan tanto los bienes como la persona de los individuos bajo su protección. Esto asegura un cuidado integral.
ARTíCULO 340 (DEL ART. 2) Art. 340. La tutela y las curadurías generales se extienden no sólo a los bienes sino a la persona de los individuos sometidos a ellas. TUTELA CURADURIAS GENERALES BIENES PERSONA SOMETIDA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se entiende el alcance de la tutela, podrías dejar desprotegidos aspectos importantes de la vida y bienes de la persona bajo tu cuidado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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