El juez puede decretar la interdicción provisoria basándose en informes verbales de parientes y explicaciones del disipador. Esta medida se toma mientras se decide la causa correspondiente.
ARTíCULO 446 (DEL ART. 2) Art. 446. Mientras se decide la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisoria. CAUSA DECIDIR JUEZ INFORMES VERBALES PARIENTES DISIPADOR INTERDICCION PROVISORIA DECRETAR
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La interdicción provisoria puede afectar la administración de bienes del disipador, lo que implica que se debe tener cuidado al manejar situaciones que puedan llevar a esta decisión judicial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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