El articulo establece que la caución es una obligación para garantizar otra obligación, incluyendo fianza, hipoteca y prenda. Es fundamental para asegurar el cumplimiento de compromisos.
ARTíCULO 46 (DEL ART. 2) Art. 46. Caución significa generalmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de otra obligación propia o ajena. Son especies de caución la fianza, la hipoteca y la prenda. CAUCION FIANZA HIPOTECA PRENDA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender las diferentes formas de caución permite a las empresas asegurar sus obligaciones y minimizar riesgos financieros. No cumplir con estas garantías puede resultar en pérdidas significativas.
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