CC

Artículo 62. Determinacion del domicilio civil

El articulo 62 establece que el lugar donde un individuo ejerce habitualmente su profesion u oficio determina su domicilio civil o vecindad. Esto es importante para efectos legales.

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Texto Legal

ARTíCULO 62 (DEL ART. 2) Art. 62. El lugar donde un individuo está de asiento, o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio, determina su domicilio civil o vecindad. INDIVIDUO PERSONA PROFESION OFICIO EJERCE DOMICILIO CIVIL VECINDAD LUGAR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ubicacion del lugar de trabajo puede influir en la jurisdiccion de ciertos procedimientos legales, por lo que es importante tener en cuenta este aspecto al establecer un domicilio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del CC?

El articulo 62 establece que el lugar donde un individuo ejerce habitualmente su profesion u oficio determina su domicilio civil o vecindad. Esto es importante para efectos legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la CC?

La ubicacion del lugar de trabajo puede influir en la jurisdiccion de ciertos procedimientos legales, por lo que es importante tener en cuenta este aspecto al establecer un domicilio.

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