CC

Artículo 731. Recuperacion de posesion perdida

El articulo establece que quien recupera legalmente la posesion perdida se considera que la ha tenido durante todo el tiempo intermedio. Esto implica que la tenencia se mantiene a pesar de la perdida temporal.

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Texto Legal

ARTíCULO 731 (DEL ART. 2) Art. 731. El que recupera legalmente la posesión perdida, se entenderá haberla tenido durante todo el tiempo intermedio. POSESION PERDIDA RECUPERACION LEGAL TENENCIA PERIODO INTERMEDIO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se recupera la posesion de manera legal, se puede perder el derecho sobre el bien, lo que puede generar conflictos legales y afectar la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 731 del CC?

El articulo establece que quien recupera legalmente la posesion perdida se considera que la ha tenido durante todo el tiempo intermedio. Esto implica que la tenencia se mantiene a pesar de la perdida temporal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 731 de la CC?

Si no se recupera la posesion de manera legal, se puede perder el derecho sobre el bien, lo que puede generar conflictos legales y afectar la propiedad.

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