CC

Artículo 758. Administración libre del fiduciario

El fiduciario tiene libre administración de las especies del fideicomiso, pero es responsable de los deterioros causados por su culpa. Esto fomenta una gestión activa.

fiduciarioadministracionlibreespeciesresponsabilidad

Texto Legal

ARTíCULO 758 (DEL ART. 2) Art. 758. Por lo demás, el fiduciario tiene la libre administración de las especies comprendidas en el fideicomiso, y podrá mudar su forma; pero conservando su integridad y valor. Será responsable de los menoscabos y deterioros que provengan de su hecho o culpa. FIDUCIARIO FIDEICOMISO ADMINISTRACION LIBRE ESPECIES

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La libertad en la administración puede ser beneficiosa, pero también implica riesgos. Es fundamental que el fiduciario actúe con diligencia para evitar responsabilidades por deterioros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 758 del CC?

El fiduciario tiene libre administración de las especies del fideicomiso, pero es responsable de los deterioros causados por su culpa. Esto fomenta una gestión activa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 758 de la CC?

La libertad en la administración puede ser beneficiosa, pero también implica riesgos. Es fundamental que el fiduciario actúe con diligencia para evitar responsabilidades por deterioros.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 758 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 758 CC desde tu celular