CC

Artículo 956. Delacion de asignacion

La delacion de una asignacion implica el llamado legal para aceptar o repudiar una herencia o legado. Este derecho se activa al fallecimiento del testador o al cumplirse una condicion, afectando la forma en que se gestionan los bienes heredados.

delacionasignacionherencialegadofallecimiento

Texto Legal

ARTíCULO 956 (DEL ART. 2) Art. 956. La delación de una asignación es el actual llamamiento de la ley a aceptarla o repudiarla. La herencia o legado se defiere al heredero o legatario en el momento de fallecer la persona de cuya sucesión se trata, si el heredero o legatario no es llamado condicionalmente; o en el momento de cumplirse la condición, si el llamamiento es condicional. Salvo si la condición es de no hacer algo que dependa de la sola voluntad del asignatario, pues en este caso la asignación se defiere en el momento de la muerte del testador, dándose por el asignatario caución suficiente de restituir la cosa asignada con sus accesiones y frutos, en caso de contravenirse a la condición. Lo cual, sin embargo, no tendrá lugar cuando el testador hubiere dispuesto que mientras penda la condición de no hacer algo, pertenezca a otro asignatario la cosa asignada. DELACION ASIGNACION HERENCIA LEGADO HEREDERO LEGATARIO FALLECIMIENTO SUCESION RESTITUIR COSA ASIGNADA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental entender que la delacion afecta directamente el momento en que se adquieren derechos sobre la herencia, lo que puede influir en la estrategia de planeacion patrimonial y la gestion de activos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 956 del CC?

La delacion de una asignacion implica el llamado legal para aceptar o repudiar una herencia o legado. Este derecho se activa al fallecimiento del testador o al cumplirse una condicion, afectando la forma en que se gestionan los bienes heredados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 956 de la CC?

Es fundamental entender que la delacion afecta directamente el momento en que se adquieren derechos sobre la herencia, lo que puede influir en la estrategia de planeacion patrimonial y la gestion de activos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 956 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 956 CC desde tu celular