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Artículo 1014. Causa ilicita en contratos

Un contrato es nulo si su causa es contraria a la moral o al orden público. Si solo una parte actúa de manera ilícita, puede reclamar lo que ha dado.

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Texto Legal

- Causa ilícita. El contrato es nulo cuando: a) su causa es contraria a la moral, al orden público o a las buenas costumbres; b) ambas partes lo han concluido por un motivo ilícito o inmoral común. Si sólo una de ellas ha obrado por un motivo ilícito o inmoral, no tiene derecho a invocar el contrato frente a la otra, pero ésta puede reclamar lo que ha dado, sin obligación de cumplir lo que ha ofrecido. CAPITULO 7 Forma

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo te protege de entrar en contratos que puedan ser considerados ilegales o inmorales. Asegúrate de que la causa de tus contratos sea ética y legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1014 del CCyC?

Un contrato es nulo si su causa es contraria a la moral o al orden público. Si solo una parte actúa de manera ilícita, puede reclamar lo que ha dado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1014 de la CCyC?

Este articulo te protege de entrar en contratos que puedan ser considerados ilegales o inmorales. Asegúrate de que la causa de tus contratos sea ética y legal.

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