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Artículo 1053. Exclusiones de la responsabilidad por defectos ocultos

Este articulo establece las exclusiones a la responsabilidad por defectos ocultos, detallando situaciones que no son cubiertas. Es importante para entender los límites de la protección legal.

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Texto Legal

- Exclusiones. La responsabilidad por defectos ocultos no comprende: a) los defectos del bien que el adquirente conoció, o debió haber conocido mediante un examen adecuado a las circunstancias del caso al momento de la adquisición, excepto que haya hecho reserva expresa respecto de aquéllos. Si reviste características especiales de complejidad, y la posibilidad de conocer el defecto requiere cierta preparación científica o técnica, para determinar esa posibilidad se aplican los usos del lugar de entrega; b) los defectos del bien que no existían al tiempo de la adquisición. La prueba de su existencia incumbe al adquirente, excepto si el transmitente actúa profesionalmente en la actividad a la que corres-ponde la transmisión.

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer estas exclusiones te ayudará a evaluar mejor los riesgos asociados a la compra de bienes, evitando sorpresas desagradables en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1053 del CCyC?

Este articulo establece las exclusiones a la responsabilidad por defectos ocultos, detallando situaciones que no son cubiertas. Es importante para entender los límites de la protección legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1053 de la CCyC?

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