CCyC

Artículo 1097. Trato digno

Los proveedores deben garantizar un trato digno a los consumidores, evitando conductas que puedan resultar vejatorias o intimidatorias.

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Texto Legal

- Trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios. La dignidad de la persona debe ser respetada conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de derechos humanos. Los proveedores deben abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben capacitar a su personal para asegurar un trato respetuoso, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones y daño a la reputación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1097 del CCyC?

Los proveedores deben garantizar un trato digno a los consumidores, evitando conductas que puedan resultar vejatorias o intimidatorias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1097 de la CCyC?

Las empresas deben capacitar a su personal para asegurar un trato respetuoso, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones y daño a la reputación.

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