El juez debe escuchar al menor antes de decidir sobre su tutela, considerando su edad y madurez. Esto prioriza el interés superior del niño.
- Audiencia con la persona menor de edad. Para el discernimiento de la tutela, y para cualquier otra decisión relativa a la persona menor de edad, el juez debe: a) oír previamente al niño, niña o adolescente; b) tener en cuenta sus manifestaciones en función de su edad y madurez; c) decidir atendiendo primordialmente a su interés superior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Escuchar al menor es crucial; si no se considera su opinión, la decisión podría ser impugnada, lo que retrasaría la tutela y afectaría su estabilidad emocional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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