CCyC

Artículo 1139. Tiempo de entrega del inmueble

El vendedor debe entregar el inmueble inmediatamente después de la escrituración, salvo que se acuerde lo contrario.

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Texto Legal

- Tiempo de entrega del inmueble. El vendedor debe entregar el inmueble inmediatamente de la escrituración, excepto convención en contrario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegúrate de que la entrega se realice a tiempo para evitar inconvenientes. Retrasos pueden afectar tus planes y generar costos adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1139 del CCyC?

El vendedor debe entregar el inmueble inmediatamente después de la escrituración, salvo que se acuerde lo contrario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1139 de la CCyC?

Asegúrate de que la entrega se realice a tiempo para evitar inconvenientes. Retrasos pueden afectar tus planes y generar costos adicionales.

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