Los bienes del tutelado deben ser inventariados y evaluados antes de ser entregados al tutor. Esto garantiza una gestión adecuada de los recursos del menor.
- Inventario y avalúo. Discernida la tutela, los bienes del tutelado deben ser entregados al tutor, previo inventario y avalúo que realiza quien el juez designa. Si el tutor tiene un crédito contra la persona sujeta a tutela, debe hacerlo constar en el inventario; si no lo hace, no puede reclamarlo luego, excepto que al omitirlo haya ignorado su existencia. Hasta tanto se haga el inventario, el tutor sólo puede tomar las medidas que sean urgentes y necesarias. Los bienes que el niño, niña o adolescente adquiera por sucesión u otro título deben inventariarse y tasarse de la misma forma.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Un inventario preciso es esencial para evitar disputas sobre los bienes del menor y asegurar que se gestionen adecuadamente, protegiendo sus intereses patrimoniales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo