Si no se especifican las cantidades a entregar, el contrato se entiende según las necesidades normales del suministrado. Esto otorga flexibilidad al suministrado para determinar la cantidad dentro de límites acordados.
- Cantidades. Si no se conviene la entidad de las prestaciones a ser cumplidas por el suministrante durante períodos determinados, el contrato se entiende celebrado según las necesidades normales del suministrado al tiempo de su celebración. Si sólo se convinieron cantidades máximas y mínimas, el suministrado tiene el derecho de determinar la cantidad en cada oportunidad que corresponda, dentro de esos límites. Igual derecho tiene cuando se haya establecido solamente un mínimo, entre esta cantidad y las necesidades normales al tiempo del contrato.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo permite que el suministrado ajuste las cantidades a sus necesidades, lo que puede optimizar la gestión de inventarios. Sin embargo, no definir cantidades puede llevar a disputas sobre entregas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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