El locatario solo puede ceder su posición contractual bajo condiciones específicas. La cesión no autorizada puede considerarse una violación del contrato.
- Cesión. El locatario sólo puede ceder su posición contractual en los términos previstos en los artículos 1636 y siguientes. La cesión que no reúna tales requisitos viola la prohibición de variar el destino de la cosa locada. La prohibición contractual de ceder importa la de sublocar y viceversa. Se considera cesión a la sublocación de toda la cosa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ceder el contrato sin cumplir con los requisitos puede llevar a la nulidad de la cesión y a posibles acciones legales del locador.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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