Si el destinatario no puede ser encontrado o se niega a recibir la carga, el porteador debe solicitar instrucciones al cargador, aplicando lo previsto en el artículo 1307.
- Impedimentos para la entrega. Si el destinatario no puede ser encontrado o se niega a recibir las cosas transportadas o demora su recepción, el porteador debe requerir inmediatamente instrucciones al cargador y se aplican las soluciones previstas en el artículo 1307.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de respuesta del destinatario puede complicar la entrega. Es recomendable establecer procedimientos claros para estas situaciones.
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Art. 1307. Impedimentos en el transporte
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Art. 1309. Responsabilidad del transportista
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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