CCyC

Artículo 132. Gastos de la rendicion

Los gastos de la rendición de cuentas son adelantados por el tutor y reembolsados por el tutelado si se rinden correctamente. Esto establece un equilibrio en la carga financiera.

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Texto Legal

- Gastos de la rendición. Los gastos de la rendición de cuentas deben ser adelantados por quien ejerce la tutela y deben ser reembolsados por el tutelado si son rendidas en debida forma.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si los gastos no son reembolsados, el tutor podría enfrentar dificultades financieras, lo que podría afectar su capacidad para gestionar adecuadamente los bienes del tutelado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del CCyC?

Los gastos de la rendición de cuentas son adelantados por el tutor y reembolsados por el tutelado si se rinden correctamente. Esto establece un equilibrio en la carga financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la CCyC?

Si los gastos no son reembolsados, el tutor podría enfrentar dificultades financieras, lo que podría afectar su capacidad para gestionar adecuadamente los bienes del tutelado.

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