CCyC

Artículo 1372. Cosas de valor en hoteles

Los viajeros que lleven objetos de valor deben informarlo al hotelero y guardarlos en cajas de seguridad. La responsabilidad del hotelero se limita al valor declarado de estos objetos.

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Texto Legal

- Cosas de valor. El viajero que lleve consigo efectos de valor superior al que ordinariamente llevan los pasajeros debe hacerlo saber al hotelero y guardarlos en las cajas de seguridad que se encuentren a su disposición en el establecimiento. En este caso, la responsabilidad del hotelero se limita al valor declarado de los efectos depositados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los viajeros deben declarar objetos valiosos para asegurar su protección; de lo contrario, el hotel no asume responsabilidad por pérdidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1372 del CCyC?

Los viajeros que lleven objetos de valor deben informarlo al hotelero y guardarlos en cajas de seguridad. La responsabilidad del hotelero se limita al valor declarado de estos objetos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1372 de la CCyC?

Los viajeros deben declarar objetos valiosos para asegurar su protección; de lo contrario, el hotel no asume responsabilidad por pérdidas.

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