CCyC

Artículo 1508. Rescision de contratos indeterminados

En contratos de concesion indeterminados, se aplican ciertos articulos y el concedente debe readquirir productos del concesionario al final del periodo de preaviso.

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Texto Legal

- Rescisión de contratos por tiempo indeterminado. Si el contrato de concesión es por tiempo indeterminado: a) son aplicables los artículos 1492 y 1493; b) el concedente debe readquirir los productos y repuestos nuevos que el concesionario haya adquirido conforme con las obligaciones pactadas en el contrato y que tenga en existencia al fin del período de preaviso, a los precios ordinarios de venta a los concesionarios al tiempo del pago.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las obligaciones de readquisicion es crucial para planificar la gestion de inventarios y evitar perdidas al finalizar el contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1508 del CCyC?

En contratos de concesion indeterminados, se aplican ciertos articulos y el concedente debe readquirir productos del concesionario al final del periodo de preaviso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1508 de la CCyC?

Conocer las obligaciones de readquisicion es crucial para planificar la gestion de inventarios y evitar perdidas al finalizar el contrato.

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