El que entrega el capital puede demandar la resolución del contrato por falta de pago. Esto protege los intereses del capital entregado.
- Acción del constituyente o sus herederos. El que entrega el capital, o sus herederos, pueden demandar la resolución del contrato por falta de pago del deudor y la restitución del capital. En igual caso, si la renta es en beneficio de un tercero se aplica lo dispuesto en el artículo 1027.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer esta acción te permite actuar rápidamente en caso de incumplimiento, resguardando tu inversión.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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