CCyC

Artículo 1634. Conformidad para la liberación del deudor

El deudor solo queda liberado si el acreedor lo admite expresamente. Esto puede complicar la situación si no se establece claramente la conformidad.

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Texto Legal

- Conformidad para la liberación del deudor. En los casos de los dos artículos anteriores el deudor sólo queda liberado si el acreedor lo admite expresamente. Esta conformidad puede ser anterior, simultánea, o posterior a la cesión; pero es ineficaz si ha sido prestada en un contrato celebrado por adhesión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital obtener la conformidad del acreedor para liberar al deudor, ya que sin ella, el deudor seguirá siendo responsable de la obligación original.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1634 del CCyC?

El deudor solo queda liberado si el acreedor lo admite expresamente. Esto puede complicar la situación si no se establece claramente la conformidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1634 de la CCyC?

Es vital obtener la conformidad del acreedor para liberar al deudor, ya que sin ella, el deudor seguirá siendo responsable de la obligación original.

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