Existen derechos que no pueden ser objeto de transacción, como aquellos comprometidos con el orden público o derechos irrenunciables. Esto incluye derechos familiares, salvo excepciones específicas.
- Prohibiciones. No puede transigirse sobre derechos en los que está comprometido el orden público, ni sobre derechos irrenunciables. Tampoco pueden ser objeto de transacción los derechos sobre las relaciones de familia o el estado de las personas, excepto que se trate de derechos patrimoniales derivados de aquéllos, o de otros derechos sobre los que, expresamente, este Código admite pactar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las prohibiciones es esencial para evitar la nulidad de la transacción; negociar sobre derechos intransigibles puede resultar en litigios adicionales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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