CCyC

Artículo 1645. Nulidad de la obligación transada

Si la obligación en la que se basa la transacción es nula, la transacción también lo será. Sin embargo, si las partes conocen el vicio, la transacción puede ser válida.

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Texto Legal

- Nulidad de la obligación transada. Si la obligación transada adolece de un vicio que causa su nulidad absoluta, la transacción es inválida. Si es de nulidad relativa, las partes conocen el vicio, y tratan sobre la nulidad, la transacción es válida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental verificar la validez de las obligaciones antes de transigir, ya que una nulidad puede invalidar todo el acuerdo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1645 del CCyC?

Si la obligación en la que se basa la transacción es nula, la transacción también lo será. Sin embargo, si las partes conocen el vicio, la transacción puede ser válida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1645 de la CCyC?

Es fundamental verificar la validez de las obligaciones antes de transigir, ya que una nulidad puede invalidar todo el acuerdo.

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