Las obligaciones de los suscriptores permanecen válidas incluso si el titulo valor contiene firmas falsas o de personas no obligadas. Este articulo protege a los terceros de buena fe en transacciones.
- Firmas falsas y otros supuestos. Aunque por cualquier motivo el título valor contenga firmas falsas, o de personas inexistentes o que no resulten obligadas por la firma, son válidas las obligaciones de los demás suscriptores, y se aplica lo dispuesto por el artículo 1819.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante verificar la autenticidad de las firmas en los titulos valores para evitar sorpresas en la responsabilidad de las obligaciones asumidas.
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Art. 1822. Medidas precautorias sobre titulos valores
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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