El juez no puede constituir un derecho real ni imponer su constitucion, salvo disposicion legal en contrario. Esta norma establece limites claros a la autoridad judicial en la creacion de derechos reales.
- Prohibición de constitución judicial. El juez no puede constituir un derecho real o imponer su constitución, excepto disposición legal en contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si un juez intenta constituir un derecho real sin base legal, esto puede generar nulidades y conflictos legales, afectando la seguridad juridica de las partes involucradas.
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