La posesión genera efectos específicos, como la obligación de pagar impuestos. Este artículo establece responsabilidades adicionales del poseedor.
- Efectos propios de la posesión. La posesión tiene los efectos previstos en los artículos 1895 y 1897 de este Código. A menos que exista disposición legal en contrario, el poseedor debe satisfacer el pago total de los impuestos, tasas y contribuciones que graven la cosa y cumplir la obligación de cerramiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con las obligaciones fiscales es esencial para evitar sanciones y asegurar la legitimidad de la posesión ante autoridades fiscales.
Anterior
Art. 1938. Indemnización y pago de mejoras
Siguiente
Art. 1940. Efectos propios de la tenencia
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo