Los aportes en efectivo deben ser depositados en un banco habilitado durante el trámite de autorización. Esto asegura la transparencia financiera.
- Aportes. El dinero en efectivo o los títulos valores que integran el patrimonio inicial deben ser depositados durante el trámite de autorización en el banco habilitado por la autoridad de contralor de la jurisdicción en que se constituye la fundación. Los aportes no dinerarios deben constar en un inventario con sus respectivas valuaciones, suscripto por contador público nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegúrate de cumplir con este requisito para evitar problemas en la autorización de tu fundacion y garantizar la confianza de los donantes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo