CCyC

Artículo 206. Caracter honorario del cargo

Los miembros del consejo de administración no pueden recibir retribuciones, salvo el reembolso de gastos, lo que establece el carácter honorario de su labor.

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Texto Legal

- Carácter honorario del cargo. Los miembros del consejo de administración no pueden recibir retribuciones por el ejercicio de su cargo, excepto el reembolso de gastos, siendo su cometido de carácter honorario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El carácter honorario puede atraer a personas comprometidas con la causa, pero también puede limitar la atracción de talento si no se ofrecen incentivos adecuados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 206 del CCyC?

Los miembros del consejo de administración no pueden recibir retribuciones, salvo el reembolso de gastos, lo que establece el carácter honorario de su labor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 206 de la CCyC?

El carácter honorario puede atraer a personas comprometidas con la causa, pero también puede limitar la atracción de talento si no se ofrecen incentivos adecuados.

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