CCyC

Artículo 2091. Requisitos para bienes en tiempo compartido

Los bienes destinados a tiempo compartido deben estar libres de gravámenes y restricciones. Los involucrados en la operación no deben estar inhibidos para disponer de los bienes, permitiendo la constitución de hipotecas posteriormente.

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Texto Legal

- Requisitos. Los bienes deben estar libres de gravámenes y restricciones. El emprendedor, el propietario, el administrador y el comercializador no deben estar inhibidos para disponer de sus bienes. El propietario puede constituir hipoteca u otro gravamen con posterioridad a la inscripción de la escritura de afectación, con los efectos previstos en el artículo 2093.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cumplir con estos requisitos es esencial para evitar conflictos legales y asegurar la validez de las transacciones en tiempo compartido. Incumplir puede llevar a la nulidad de contratos y reclamaciones de usuarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2091 del CCyC?

Los bienes destinados a tiempo compartido deben estar libres de gravámenes y restricciones. Los involucrados en la operación no deben estar inhibidos para disponer de los bienes, permitiendo la constitución de hipotecas posteriormente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2091 de la CCyC?

Cumplir con estos requisitos es esencial para evitar conflictos legales y asegurar la validez de las transacciones en tiempo compartido. Incumplir puede llevar a la nulidad de contratos y reclamaciones de usuarios.

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