En caso de vacantes que impidan el funcionamiento del consejo, la autoridad de contralor debe reorganizar la administración y designar nuevas autoridades.
- Acefalía del consejo de administración. Cuando existan cargos vacantes en el consejo de administración en grado tal que su funcionamiento se torne imposible, y no pueda tener lugar la designación de nuevos miembros conforme al estatuto, o éstos rehúsen aceptar los cargos, la autoridad de contralor debe proceder a reorganizar la administración de la fundación, a designar sus nuevas autoridades, y a modificar el estatuto en las partes pertinentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo asegura que la fundación no quede paralizada, pero puede generar incertidumbre si la autoridad de contralor no actúa con rapidez, afectando la operatividad de la fundación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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