CCyC

Artículo 221. Atribuciones de la autoridad de contralor

La autoridad de contralor aprueba los estatutos de las fundaciones y supervisa su cumplimiento. Esto incluye la fiscalización de su funcionamiento y la disolución.

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Texto Legal

- Atribuciones. La autoridad de contralor aprueba los estatutos de la fundación y su reforma; fiscaliza su funcionamiento y el cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias a que se halla sujeta, incluso la disolución y liquidación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de las normativas puede resultar en sanciones severas, incluyendo la disolución de la fundación, lo que afecta su continuidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 221 del CCyC?

La autoridad de contralor aprueba los estatutos de las fundaciones y supervisa su cumplimiento. Esto incluye la fiscalización de su funcionamiento y la disolución.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 221 de la CCyC?

El incumplimiento de las normativas puede resultar en sanciones severas, incluyendo la disolución de la fundación, lo que afecta su continuidad.

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