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Artículo 231. Cosas consumibles y no consumibles

El articulo define las cosas consumibles como aquellas cuya existencia termina con el primer uso, mientras que las no consumibles pueden ser utilizadas sin perder su existencia inmediata. Esta distinción es clave para entender la naturaleza de los bienes en transacciones comerciales.

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Texto Legal

- Cosas consumibles. Son cosas consumibles aquellas cuya existencia termina con el primer uso. Son cosas no consumibles las que no dejan de existir por el primer uso que de ellas se hace, aunque sean susceptibles de consumirse o deteriorarse después de algún tiempo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la diferencia entre cosas consumibles y no consumibles es esencial para la correcta clasificación de bienes en contratos y transacciones, evitando así posibles disputas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 231 del CCyC?

El articulo define las cosas consumibles como aquellas cuya existencia termina con el primer uso, mientras que las no consumibles pueden ser utilizadas sin perder su existencia inmediata. Esta distinción es clave para entender la naturaleza de los bienes en transacciones comerciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 231 de la CCyC?

Conocer la diferencia entre cosas consumibles y no consumibles es esencial para la correcta clasificación de bienes en contratos y transacciones, evitando así posibles disputas legales.

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