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Artículo 2339. Sucesión testamentaria

Los testamentos deben ser presentados judicialmente para su validación. Esto incluye la comprobación de autenticidad y la protocolización del documento.

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Texto Legal

- Sucesión testamentaria. Si el causante ha dejado testamento por acto público, debe presentárselo o indicarse el lugar donde se encuentre. Si el testamento es ológrafo, debe ser presentado judicialmente para que se proceda, previa apertura si estuviese cerrado, a dejar constancia del estado del documento, y a la comprobación de la autenticidad de la escritura y la firma del testador, mediante pericia caligráfica. Cumplidos estos trámites, el juez debe rubricar el principio y fin de cada una de sus páginas y mandar a protocolizarlo. Asimismo, si algún interesado lo pide, se le debe dar copia certificada del testamento. La protocolización no impide que sean impugnadas la autenticidad ni la validez del testamento mediante proceso contencioso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es esencial para asegurar que el testamento se respete. No seguir el procedimiento puede llevar a impugnaciones y conflictos legales prolongados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2339 del CCyC?

Los testamentos deben ser presentados judicialmente para su validación. Esto incluye la comprobación de autenticidad y la protocolización del documento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2339 de la CCyC?

Este articulo es esencial para asegurar que el testamento se respete. No seguir el procedimiento puede llevar a impugnaciones y conflictos legales prolongados.

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