CCyC

Artículo 234. Bienes fuera del comercio

Este articulo establece que ciertos bienes están fuera del comercio por prohibiciones legales o jurídicas. Es importante conocer cuáles son para evitar transacciones ilegales.

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Texto Legal

- Bienes fuera del comercio. Están fuera del comercio los bienes cuya transmisión está expresamente prohibida: a) por la ley; b) por actos jurídicos, en cuanto este Código permite tales prohibiciones. SECCION 2ª Bienes con relación a las personas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Identificar los bienes que están fuera del comercio te protege de realizar inversiones o transacciones que pueden ser nulas o ilegales, evitando así sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 234 del CCyC?

Este articulo establece que ciertos bienes están fuera del comercio por prohibiciones legales o jurídicas. Es importante conocer cuáles son para evitar transacciones ilegales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 234 de la CCyC?

Identificar los bienes que están fuera del comercio te protege de realizar inversiones o transacciones que pueden ser nulas o ilegales, evitando así sanciones.

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